Los datos de telemetría generados por un vehículo autónomo, de forma totalmente automática, ¿pueden considerarse un trabajo creativo y, por tanto, estar protegidos por derechos de autor? La Unión Europea, y más concretamente una comisión de la Eurocámara, creen que sí.
Esto es lo que se desprende de una votación celebrada esta semana en la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo. Este órgano debía votar un proyecto de informe sobre la conducción autónoma en los transportes europeos y, a petición del Partido Popular Europeo, se votó nominalmente un punto del documento que, a priori, no debía generar divergencias.
Se trataba de una enmienda al texto, en apariencia poco discutida, sobre los datos que generan automáticamente los vehículos autónomos:
"Observa que los datos generados durante el transporte autónomo se generan automáticamente y no son creativos por naturaleza, por lo que no es aplicable la protección de los derechos de autor ni el derecho sobre la base de datos".
¿Resultado de la votación? El rechazo a la enmienda. La JURI, como también es conocida esta comisión, rechazaba tal afirmación. Y con el rechazo, da a entender que la información de telemetría generada por los coches autónomos sí puede ser un trabajo creativo y, por tanto, pueda estar protegida por los derechos de autor. Con lo que ello supone.
Datos propiedad de nadie vs. datos propiedad del fabricante o el conductor

Pese a que hablamos de un proyecto de informe que todavía debe convertirse en informe formal, ser sometido a una aprobación definitiva y, posteriormente, recalar en el pleno del Parlamento Europeo para su consideración en vista de futuras directivas comunitarias o reformas de normas en vigor, el resultado de esta votación es llamativo.
¿Por qué? Porque aunque el movimiento no deje de ser el fijado de una posición que, por el momento, no tiene ningún efecto en legislación alguna ni se traduce en medidas concretas, resulta preocupante para muchos. Si los datos generados automáticamente por un coche autónomo pudiesen ser propiedad de alguien gracias a la protección dada por los derechos de autor, un fabricante, por ejemplo, podría retenerlos en su favor.
La información generada a partir de los desplazamientos de los millones de automóviles autónomos que en un futuro pueden recorrer los países de la Unión Europea será un botín preciado. Para las autoridades de seguridad vial o planificación urbana, por ejemplo, pero también para empresas como aseguradoras o analistas de mercados. Si tuviesen propietario, se podrían vender, y si se pudiesen vender, no todos podrían acceder a ellos.
Pese a que la votación en la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo de momento no sea más que un gesto quizás de cara a la industria automovilística, según algunos europarlamentarios, el rechazo a semejante texto debería hacernos reflexionar sobre la conveniencia de especificar qué condición tendrá esa información automáticamente generada, qué tratamiento podrá recibir y quiénes la podrán usar.
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Usuario desactivado
Titulares como el que encabeza esta gacetilla contribuyen a la falsa sensación de que es posible elegir. Y conste que cuento los días y las horas para que desaparezcan los conductores humanos, incapaces en su mayoría de comprender cosas tan fuera de su alcance intelectual como el uso de los intermitentes, los límites de velocidad, las distancias de seguridad, la circulación por las rotondas...
usuario33
Entonces deberían ser del conductor que es quien lleva el coche, y produce la "obra de arte" en cada momento, ¿no?
Vamos, que si lo quieren los fabricantes sería como si los que crean los pinceles y la pintura quisieran la propiedad intelectual de un cuadro.
bacp
Visto que los derechos sobre propiedad intelectual pueden ponerse por encima de cualquier cosa, si quieres proteger algo, mejor consigue que sean propiedad intelectual.
yo voy a tratar de que mis hijos sean considerados mi propiedad intelectual antes incluso que seres humanos, porque a este paso, ni los derechos humanos van a estar a salvo de la maldita propiedad intelectual.
vodor
Esos datos permiten conocer donde se encuentra el conductor, con lo que lo natural seria que sean propiedad del conductor "LOPD".
De igual manera que no es legal, hasta donde tengo entendido, utilizar las cámaras de tráfico para rastrear a un conductor en la vía pública.
Otra cosa seria que el fabricante ofrezca dinero por esos datos y el usuario quiera venderlos (o vender parte de ellos, o con ciertos limites).
De la misma forma el fabricante puede querer cobrar por el servicio de coche autónomo (con un precio curiosamente similar al de los datos), con lo que muchos usuarios acepten el canje de forma voluntaria…
Por el momento asumo que no es así, pero lo correcto seria poder decidir.
bacp
si el recorrido de un coche autónomo puede ser considerado obra intelectual, con mas razón lo será si el coche es conducido por un humano.
Esto es tan esperpéntico que podría denunciar al coche de policia que me persigue por estar vulnerando mi propiedad intelectual al estar copiando mi ruta de escape.
Es mas, mañana mismo me pongo a registrar trayectos en el registro de la propiedad intelectual voy a vivir de los derechos de autor por mis grandes obras INTELECTUALES!!!!