En la inmensa mayoría de los casos, establecer cuando comienza y cuando finaliza la jornada laboral es bastante sencillo. Sin embargo, en el caso de determinados sectores, como el de los comerciales de venta, reparaciones o servicios a domicilio, estos límites no siempre quedan claros.
El Tribunal Supremo acaba de rechazar que compute como tiempo de trabajo efectivo el desplazamiento del trabajador desde su domicilio al del primer cliente, y desde la ubicación del último cliente a casa del empleado.
¿Qué ha pasado? La Sala de lo Social del Tribunal Supremo se ha pronunciado ante un procedimiento de casación presentado por los sindicatos UGT y CCOO contra una empresa de servicios y reparación de elevadores. Los representantes de los trabajadores pedían que se contabilizara como parte de su jornada y como efecto retroactivo el desplazamiento entre el domicilio del trabajador y el del cliente, así como el de regreso al final de la jornada, y el pago de los atrasos salariales por ese concepto.
La empresa se negaba a hacerlo efectivo, entendiendo que comenzaban su jornada laboral cuando llegaban al lugar donde se encontraba el elevador del cliente, no incluyendo el tiempo de trayecto hasta este. En primera instancia, la Audiencia Nacional dio la razón a los sindicatos, pero el recurso ha escalado hasta el Supremo que ha dado rectificado a favor de la empresa.
¿A qué se refiere la sentencia? La sentencia del alto tribunal con fecha del 27 de noviembre especifica que el artículo 34.5 del Estatuto de los Trabajadores establece que "El tiempo de trabajo se computará de modo que tanto al comienzo como al final de la jornada diaria el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo". Este puesto de trabajo se ubica en las instalaciones u oficinas asignadas al empleado por la empresa, no desde su domicilio ni el del cliente. Por lo tanto, su jornada laboral comienza cuando el empleado se encuentra en su lugar de trabajo y listo para desarrollarlo.
Según la sentencia, "lo que excluye que el tiempo de desplazamiento hasta el puesto [...] sea tiempo de trabajo a los efectos de retribución", aunque sí se le reconoce el estado de "in itinere" por dirigirse o volver del puesto de trabajo.
La doctrina del Supremo. El Tribunal Supremo reconoce en su escrito que adopta esta resolución que ya se estableció como doctrina del Supremo en la sentencia SAN 5444/2022 contra Renfe.
Según detalla el Supremo en su pronunciamiento, la doctrina "pretende impedir que se tenga como tiempo de trabajo todo aquel conducente a tomarlo o dejarlo materialmente: desplazamientos, actos preparatorios, cambio de indumentaria, actos de control mediante firma o fichaje, traslado dentro de la empresa desde el garaje donde están los vehículos a la sede de la unidad y regreso, o similares". Es decir, el tiempo de trabajo efectivo comienza con el empleado listo para desarrollarlo y termina en la misma situación.
El origen de la confusión. Pese a esta doctrina, el Supremo reconoce que, "bajo circunstancias específicas", ha fallado a favor de que este tiempo de desplazamiento sí computara como parte del tiempo de trabajo. En concreto, el Alto Tribunal hace referencia a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 10 de septiembre de 2015 (sentencia C-266/14, también conocida como Asunto Tyco).
En este caso concreto, la empresa había cerrado sus oficinas, por lo que los empleados no tenían un lugar físico al que acudir a iniciar la jornada. Ante este supuesto excepcional, el TJUE dictaminó que, al no existir un centro de trabajo fijo, se debía computar como tiempo de trabajo efectivo el desplazamiento entre el domicilio del empleado y el del primer cliente, así como el del último cliente y el retorno al domicilio del empleado.
Imagen | Wikimedia Commons (Zarateman), Unsplash (Sam Clarke)
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18 comentarios
Xavizzz
Curritos pensando que un juez de ese tipo (puesto ahí por quien lo ha puesto) va a dar la espalda a los suyos 😂😂 a esos que cobran miles de euros al mes, tienen despacho y coche de lujo pagado como ellos, dietas y muchos otros beneficios que la gente normal ni sueña.
El problema es que la hoy en día la gente cree que forma parte de esa élite porque tiene un iPhone (y ya son clase media alta😏)… que sepas que ahí se acaba todo tu parecido.
Como se deben estar riendo en su despacho a 23 grados de los que van en la furgoneta congelada a las 6 de la mañana a desplazarse al cliente y así trabajar 9 o 10 horas al día.
relectron
¿Entonces si tengo la empresa donde trabajo en Madrid y el cliente en Vladivostok el trayecto en el Orient Express no cuenta como tiempo de trabajo?
A ver si esto también me lo justifica el sr. juez.
ultimategatsu
No lo entiendo, se contradicen las dos sentencias si en ningún caso se acude a las oficinas
elnenemix86
Si eres operario de lo que sea que te obliguen a ir con uniforme , podria haber alegado que el trabajador necesita vestuario en el lugar de trabajo para cambiarse ya que no es obligatorio ir vestido con la ropa y epis de empresa. Por lo que como han dicho mas arriba a la hora de entrada en la sede central, se cambia, ficha y a partir de ahi voy a la parte del mundo que me diga el jefe, pero a mi hora de salida estoy de vuelta en el vestuario de la sede cambiandome de ropa. Mal el abogado
Dyvap
Hombre, yo entiendo que el desplazamiento es parte del requerimiento del trabajo. Si no tuviese que trabajar me quedaría en casa, por lo que el desplazamiento debería contar como trabajo.
omarsilva1
Veo que en España sigue con lo antiguo... Lo primero que haces cuando empieza un nuevo día en calcular a qué hora te levantarás para estar preparado en el trayecto y llegar a tiempo al trabajo, como esto se debe al trabajo donde estas en nómina debe contar como parte del trabajo. Al igual que acudir a casas de los clientes, si viven a media hora o más de la ubicación de salida como puede estar esto no remunerado....
eslax
Ahí el que le ha defendido ha sido un manta, porque ni de coña mi salida de mi casa al curro de urgencia pasa por no considerarse hora de trabajo. ¿Si el trabajo es a 100km, esa hora y pico de viaje no cuenta? Por sus huevos, el juez puede decir lo que quiera pero entonces yo dejaré la furgoneta en el centro de trabajo, y entonces cuando vaya a recogerla para hacer el aviso (sea de urgencia o no), entonces computará como horas de trabajo.
Pero en este país las empresas están acostumbradas a que en obras puntuales o avisos lejanos, te hagan salir 1h o 2 antes de casa para "aprovechar mejor el día", pero esto no funciona así, que el cliente también paga las horas de desplazamiento.
Ahora, para mi este artículo está incompleto. Habría que ver que condiciones aceptaron al empezar a currar, porque huele a "te dejo la furgo de trabajo que la lleves a casa a cambio de que tu jornada empiece en casa del cliente", cosa que si hacen algunas empresas.
chuloyo
Estas sentencias sumadas a los mantras diarios que escuchamos de que no tenemos derecho a vivir en las ciudades y que nos vayamos a las aldeas, es gracias a este sistema neoliberal ultracapitalista que niega 400€ para comer una familia, pero regala decenas de millones a empresas que explotan a sus trabajadores y cuyos directivos cobran hasta 135 veces más que los empleados, sin generar ningún tipo de riqueza ni beneficio. Asco de mundo que antepone los ingentes beneficios empresariales a la estabilidad de los trabajadores